20200626/ Mauricio Zina - adhocFOTOS/ URUGUAY/ MONTEVIDEO/ Personas en situacion de calle en el invierno de Montevideo. En la foto: Persona en situacion de calle en las inmediaciones del barrio Parque Batlle de Montevideo. Foto: Mauricio Zina/ adhocFOTOS

Comisión Asesora en Salud Mental de Facultad de Psicología se pronunció sobre Ley de internación involuntaria

Para la Comisión Asesora en Salud Mental de la Facultad de Psicología (Universidad de la República), la entrada en vigencia de la ley N° 20.279 (que modifica la ley Nº 18.787, de Prestación de asistencia obligatoria por parte del Estado a las personas en situación de calle), la nueva normativa constituye “una modificación que pone el foco en los traslados no voluntarios de las personas, en aras de la protección de su vida”.

A pesar de dicho propósito, agregan “se constata ausencia de procedimientos que garanticen la efectiva atención de la salud, en los casos que lo podrían ameritar”.

Las modificaciones, señalan “produce una re-estigmatización de la persona que se traslada, especialmente tratándose de población que se encuentra en extrema vulneración, con problemáticas de alta complejidad entre las que se cuentan las relativas a la salud mental y consumo problemático de sustancias”.

Para la Comisión dicho abordaje que centra el accionar “con un traslado es parcial, reduccionista e insuficiente, estando lejos de la solución integral”.

Con respecto a esta modalidad del traslado involuntario, se señala que la misma “debe ser la última estrategia a utilizar (…) puesto que esa medida no sólo no soluciona el problema sino que agrava las situaciones”.

Al referirse a los espacios “previstos para la recepción de estas personas”, los mismos, “cuando existen, se encuentran ya al máximo de su capacidad de funcionamiento”, estando los mismos “en muchos casos sin los recursos edilicios y técnicos adecuados”, lo que lleva a la reproducción de “lógicas de encierro”.

En atención a lo anterior, se considera que es necesaria “la aplicación plena de la Ley N° 19529 de salud mental, poniendo en marcha los dispositivos establecidos para que a atención sea accesible y de carácter comunitario”.

Finalmente, la Comisión propone que se generen condiciones que aseguren la aplicación plena de la Ley de Salud Mental, “con su consecuente contralor, manteniendo como principio básico el tratamiento respetuoso y dignificante de las vidas humanas, en su reconocimiento como sujetos de derecho”.




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