Las circunstancias apremian a Cabildo Abierto
Gastón Grisoni (*)
En el marco de las negociaciones en la Cámara de Diputados para que la coalición gubernamental contara con los votos de Cabildo Abierto a los efectos de aprobar el proyecto de ley de Reforma Jubilatoria, todo hace suponer que el general Guido Manini logró uno de sus objetivos fundamentales. Pisando fuerte, consiguió que el proyecto de ley que otorga la prisión domiciliaria obligatoria a la mayoría de los represores de la dictadura que permanecen encarcelados fuera revitalizado en su tratamiento. Los cambios introducidos y anunciados por el senador Jorge Gandini, aumento de la edad, para acceder al beneficio, no cambian su esencia.
Un objetivo claro y definido
El propósito del proyecto que fuera presentado por Cabildo Abierto hace dos años y que permaneciera encajonado en la Comisión de Constitución y Códigos del Senado hasta el momento, pretende enviar a sus domicilios, de manera obligatoria a todos los represores mayores de 70 años invocando razones humanitarias. Una manera clara de mitigar sus ya benignas condiciones de reclusión y eludir el castigo penal impuesto por los jueces que atendieron sus causas.
El beneficio de la prisión domiciliaria ya existe en la legislación uruguaya. Su empleo está debidamente regulado para los casos en que haya razones debidamente fundadas y documentadas. De hecho, un número no menor de represores procesados como el capitán Ricardo Arab, los generales Mario Aguerrondo y Juan Rebollo están haciendo uso de dicho beneficio.
Cabildo Abierto, liderado por el general Guido Manini Ríos, y, con una fuerte presencia de militares en sus estructuras partidarias, ha promovido, desde su surgimiento, una fuerte defensa pública de los militares procesados, cuestionando airadamente los procesos judiciales y al propio Poder Judicial. Al mismo tiempo ha intentado restablecer la caducidad de la pretensión punitiva del Estado y un relato discursivo justificativo y elogioso de la dictadura militar.
La impunidad perforada
Al retornar a la democracia, durante más de 20 años los responsables de las graves violaciones a los derechos humanos cometidas durante la dictadura y el terrorismo estatal pudieron eludir su comparecencia ante la justicia al amparo de la Ley 15.848, Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado. La misma fue aprobada en diciembre de 1986 por el Parlamento y ratificada por un Referéndum en abril de 1989.
Desde octubre de 2009, fecha en que mediante la Resolución 365 la ley fue declarada inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia, para el caso Nibia Sabalzagaray, comenzó un lento proceso en etapas, por medio del cual se eliminaron todos los obstáculos legales para la actuación de los operadores judiciales. Comenzaron a producirse procesamientos que se han intensificado en los últimos tres años y continúan en el presente. Según cifras publicadas por Brecha, entre los años 2020 y 2021 sesenta represores, policías, militares y civiles, fueron procesados por diferentes delitos de diferente tipificación y gravedad.
La cifra actual de procesados y condenados por participar activamente en las campañas represivas desde el 13 de junio de 1968 y, muy especialmente, desde el momento en que se aprobó el Estado de Guerra Interno en abril de 1972 es, hoy en día, significativa, equiparable a la alcanzada en la Argentina que ha realizado un elogiable trabajo persiguiendo a los criminales de la dictadura.
Este fracaso histórico del partido de la impunidad, transversal en los partidos de la actual coalición gubernamental y con fuerte presencia en los medios de comunicación masiva, es lo que explica el creciente interés de Cabildo Abierto y los nostálgicos por la aprobación de este proyecto de ley. Su objetivo: evadir el castigo judicial y lograr las mejores condiciones ante la inevitable reclusión.
Criminales hechos y derechos
A los efectos de obtener apoyo y simpatía ciudadana para este proyecto, los familiares de los actualmente detenidos, las organizaciones que los nuclean y los centros sociales, presentan a los procesados y condenados como pobres viejitos indefensos y vulnerables. No lo son. La gran mayoría de ellos son adultos mayores, pero no son simples ciudadanos sino exfuncionarios policiales y militares que ocuparon cargos de enorme trascendencia en las estructuras de los servicios represivos. Su historial delictivo incluye secuestros, desapariciones forzadas, asesinatos, torturas, secuestro y apropiación de niños, abusos sexuales y violaciones, dentro y fuera de fronteras y en todo el territorio nacional. Nunca, además, han dado muestras de arrepentimiento.
Están alojados en condiciones de reclusión con todas las comodidades, con acceso a la atención en salud calificada y múltiples posibilidades recreativas o para practicar diferentes actividades. Los diferentes informes presentados lo han confirmado.
El derecho a la justicia
Para evitar que las graves violaciones a los derechos humanos vuelvan a ocurrir es imprescindible que los responsables de ellas sean juzgados y condenados. La investigación, el esclarecimiento y la sanción de los delitos, sean o no crímenes de lesa humanidad, es un camino indispensable para evitar la repetición de estos. Hay que castigar los delitos del pasado para afirmar el futuro democrático. El castigo tiene efectos profilácticos para desalentar en el presente y en el futuro dichas conductas.
Las víctimas de las graves violaciones y sus familiares tienen derecho a que los perpetradores de los más horrendos crímenes sean juzgados, condenados y que cumplan las condenas establecidas por los jueces, sin percibir beneficios de ninguna clase.
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(*) Gastón Grisoni es Presidente de Crysol pero sus opiniones no reflejan ni comprometen, necesariamente, al colectivo como tal.
Foto de portada:
El presidente de la República Luis Lacalle Pou y el senador de Cabildo Abierto Guido Manini Ríos. Foto: Javier Calvelo / adhocFOTOS.