Tribunal de Apelaciones revocó la parte de la sentencia que suspendía la aplicación de la prisión preventiva y ordenó su detención inmediata.
Este 31 de diciembre el Tribunal de Apelaciones de 4º Turno resolvió dar lugar a la apelación presentada por la Fiscalía Especial de Delitos de Lesa Humanidad y revocó la parte de la sentencia emitida este 22 de diciembre que establecía la no aplicación de la prisión preventiva para 7 de los 9 militares imputados y ordenar su detención inmediata.
La decisión del Tribunal de Apelación se aplica a los militares retirados Oscar Mario Roca Baraldi, Abel Edison Pérez Cirillo, Jorge Ricardo Soloviy Feris, Daniel Edgardo Castellá Lorenzo, Rodolfo Gustavo Costas Bentancour, Luis Pedro Estebnet Stasiak y Eduardo Saiz Pedrini.
Las órdenes de detención se estaban llevando adelante por la Policía en el momento de escribirse esta nota y los 7 exmilitares imputados por graves delitos contra la dignidad humana estarán en prisión al menos hasta el 6 de febrero de 2026, “sin perjuicio de futuras resoluciones”, señaló el Tribunal de Apelaciones. Había distintas versiones sobre el destino de los represores, es altamente probable que sean conducidos a la cárcel de Domingo Arena.
La sentencia del 22 de diciembre, como informó EL POPULAR, fue calificada como histórica, por varios motivos, pero la Fiscalía Especializada en Delitos de Humanidad adelantó que iba a a apelar la parte en que dejaba en suspenso la aplicación de la prisión preventiva, cosa que hizo, esa acción derivó esta parte de la sentencia al Tribunal de Apelaciones que acaba de fallar.
De esta manera 7 represores, asesinos, torturadores, que gozaron de impunidad durante 41 años en algunos casos y durante 45 en otros, según los casos referidos a 1984 o 1980, finalmente fueron encarcelados.
La sentencia del 22 de diciembre
El pasado 22 de diciembre, luego de varias audiencias públicas, de analizar decenas de testimonios, peritajes y amplia documentación proveniente de archivos militares, el juez Claudio de León dictó una histórica sentencia en el juicio contra nueve militares retirados por las torturas perpetradas en San Javier, Río Negro, durante la dictadura, contra 30 personas.
Las condenas más severas fueron para Óscar Mario Rocca, Dardo Ivo Morales y Abel Pérez, condenados como coautores de graves delitos “contra la dignidad humana” a 15 años y 6 meses de prisión. Héctor Sergio Caubarrere y Jorge Soloviy recibieron 14 años y 6 meses de penitenciaría. Daniel Castellá y Rodolfo Costas fueron condenados a 13 años y 6 meses, mientras que Eduardo Saiz recibió una pena de 13 años de prisión. Por su parte, Luis Estebenet fue condenado a 11 años y 6 meses de penitenciaría.
Todos los condenados fueron hallados responsables de reiterados delitos de privación de libertad, abuso de autoridad contra detenidos y lesiones graves, en distintos regímenes de reiteración y concurso, con descuento de la prisión preventiva cumplida en algunos de los casos.
Los hechos se produjeron en el año 1980, cuando, en el contexto del plebiscito constitucional, donde la dictadura fue derrotada, se montó un relato falso sobre la existencia de una supuesta “célula comunista” vinculada al Partido Comunista de Uruguay y a la Unión Soviética, con el objetivo de legitimar la represión y la continuidad de la dictadura. El operativo se volvió a repetir en 1984, en esa oportunidad el médico Vladimir Roslik, fue asesinado en la tortura en el Batallón 9º de Infantería de Fray Bentos.
Las 30 personas detenidas, incluyendo a menores de 16 años, fueron sometidas a brutales torturas para que aceptaran las falsas acusaciones.
El juez De León fue más lejos y en la sentencia pidió disculpas en nombre del Estado a las víctimas. “Este decisor, como integrante del Estado, representante del Poder Judicial y en cumplimiento del deber del Estado uruguayo de investigar, sancionar y reparar las graves violaciones de los derechos humanos impuesta por la Corte Interamericana de los Derechos Humanos en el caso Gelman vs Uruguay, se realiza en esta oportunidad y en este acto de reconocimiento un pedido de disculpas a todas las víctimas de los operativos de San Javier de los años 1980 y 1984 sin perjuicio de que Estado uruguayo lo hiciera de forma genérica”.
En este sentido, agregó que a las víctimas de los operativos de San Javier que resultaron «analizados en este juicio y a los que no», entre ellos Vladimir Roslik y a «todos sus familiares y deudos, en representación del Estado uruguayo, les pide las más sinceras disculpas por los crímenes cometidos en su contra, los cuales califican como crímenes de lesa humanidad”.
Enlace con la nota con la sentencia del 22 de diciembre:























