El crimen de lesa humanidad más grave de la historia: la trata de esclavos

La Asamblea General de Naciones Unidas aprobó una resolución en la que se califica “la trata transatlántica de esclavos y la esclavitud racializada de africanos como el crimen de lesa humanidad más grave de la historia”.
La resolución considerada un hecho histórico, fue presentada por una coalición de 60 países africanos, caribeños y latinoamericanos y en la misma se reconoce que dicho sistema de explotación, prolongado “durante más de cuatro siglos, constituye una violación del derecho internacional que no prescribe y que sus consecuencias siguen afectando a millones de personas en todo el mundo”.
La resolución, según informó el organismo, fue aprobada “con 123 votos a favor, 3 en contra (Argentina, Israel y Estados Unidos) y 52 abstenciones, “entre ellas las de prácticamente todos los países del llamado bloque occidental, incluido Japón”.
La resolución, recuerda el portal de noticias de ONU, “coincide con el 25º aniversario de la Declaración y Programa de Acción de Durban”, que “afirma que la trata de africanos esclavizados y la esclavitud racializada de africanos representan la injusticia más inhumana y duradera contra la humanidad debido a su magnitud, duración, carácter sistémico, brutalidad y consecuencias duraderas que siguen estructurando la vida de todas las personas a través de regímenes racializados de trabajo, propiedad y capital».
Este fue el primer régimen, recuerda la Resolución, fue «el primer régimen mundial que codificó a los seres humanos y a sus descendientes como propiedad hereditaria, enajenable y perpetua», convirtiendo a «la reproducción humana en un mecanismo de acumulación de capital», institucionalizando «la jerarquía racial como principio rector del orden político y económico internacional».
En la resolución se recuerdan “los instrumentos legales que legitimaron esta atrocidad”, los cuales van “desde las bulas papales de 1452 y 1455 que autorizaban la reducción de africanos a «esclavitud perpetua», hasta el Código de Esclavos de Barbados de 1661 y el Código Negro francés de 1685, que definían jurídicamente a los africanos esclavizados como «bienes muebles». También menciona el principio legal de partus sequitur ventrem («lo que nace sigue al vientre»), adoptado en Virginia en 1662, que estableció que la condición de esclavo se heredaba biológicamente a través de las madres africanas”.

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