Desde hace más de 20 años cada 10 de octubre se celebra el Día Mundial contra la Pena de Muerte.
La lucha contra la eliminación de la pena de muerte es liderada por la Coalición Internacional contra la Pena de Muerte (FIACAT).
Como organización internacional FIACAT agrupa a más de treinta asociaciones que acompañan la lucha por la eliminación de la tortura y la pena de muerte.
Marie Salphati y Xavière Prugnard quienes representan a la FIACAT ante las Naciones Unidas y la Unión Africana, respectivamente explicaron al portal especializado Prison Insider los esfuerzos que se llevan adelante por parte de la organización “para que se reconozca la relación que existe entre la pena de muerte, la tortura y los tratos crueles, inhumanos o degradantes”.
De acuerdo a las especialistas “la imposición de la pena de muerte es un largo proceso que genera sufrimiento físico y mental, tanto a las personas condenadas como a sus seres queridos: una razón que pone en tela de juicio su legitimidad”, ello explica, agregan que “en varias jurisprudencias nacionales, regionales e internacionales se ha reconocido que la pena capital constituye una forma de tortura en todas las etapas de su aplicación”.
Al detallar sus efectos en las diferentes instancias del proceso judicial, las expertas afirmaron que “durante el juicio, la pena de muerte se considera una tortura en los casos en los que se vulneran las garantías de un proceso justo”.
Lo anterior explican, “sucede, sobre todo, cuando la sentencia se dicta con base en confesiones obtenidas mediante la fuerza o la tortura”.
Cuando las personas condenadas a pena de muerte están en prisión, agregan, “padecen del “síndrome del corredor de la muerte”.
Ello es considerado como “otra forma de tortura provocada por la angustiosa y larga espera, el aislamiento, la drástica reducción del contacto humano, y las condiciones materiales de reclusión”.
A ello hay que agregarle, afirman que aunque las situaciones concretas de reclusión sean variables, “la prisión en la que se les aloja, si se encuentran sujetas a un régimen de vida particular” y en los casos en que “conviven con el resto de la población carcelaria, todas ellas se exponen a tratos incompatibles con la prohibición de la tortura».
Finalmente, explican, el momento de “la ejecución en sí” puede ser calificada como “tortura, ya que ningún Estado es capaz de garantizar un método de ejecución indoloro”.
Durante el pasado año se llevaron a cabo 638 ahorcamientos, 28 ejecuciones por arma de fuego, 21 inyecciones letales y 196 decapitaciones.