La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela emitió este jueves en Caracas sentencia sobre la investigación desplegada acerca del recurso contencioso interpuesto por el presidente Nicolás Maduro, relativo a los comicios presidenciales del 28J.
La magistrada Caryslia Beatriz Rodríguez Rodríguez dio lectura a la sentencia. Estuvo acompañada por los magistrados Fanny Márquez e Inocencio Figueroa, integrantes de la Sala Electoral. En base a los resultados obtenidos en el peritaje, aseguró que los boletines de resultados del Consejo Nacional Electoral (CNE) son congruentes con los informes de las máquinas electorales.
A partir de la profunda investigación realizada, declararon con lugar el contencioso y convalidaron los resultados de la elección presidencial.
Ratificó la competencia del ente para iniciar un proceso judicial de investigación, peritar los resultados del proceso electoral y resolver el contencioso. Aseveró que los tribunales de justicia constituyen instancias para decidir en los Estados de Derecho.
Puntualizó que la competencia está fundamentada en la legislación local y la legislación comparada con otras experiencias regionales y mundiales (citó al tribunal mexicano).
Destacó la asistencia del CNE cuando se le citó, salvo un rector. Recordó que de los 38 partidos políticos que concurrieron a las elecciones presidenciales, todos acudieron a las comparecencias ante la Sala Electoral del TSJ y 33 consignaron material electoral.
Precisó que a las comparecencias acudieron nueve de los diez candidatos citados. Añadió que el exaspirante Edmundo González no asistió a ninguna de las comparecencias y fue declarado en desacato por no ceñirse al orden constitucional. Enfatizó que representantes de los partidos políticos que lo apoyaron no consignaron material electoral. Durante la audiencia informaron que no tienen actas ni resguardaron nada.
Señaló que hay un peritaje exhaustivo y en profundidad de los materiales en físico/digital sobre las elecciones, ejecutado conforme a los más altos estándares nacionales e internacionales: «Con base al proceso, los boletines del CNE están respaldados por las actas de escrutinio por las máquinas de votación desplegadas en el proceso. Las máquinas tienen coincidencia con los centros de totalización», aseguró la magistrada.
Exhortó al CNE a publicar los resultados en la Gaceta Electoral, según el artículo 155 de la Ley Orgánica de los Procesos Electorales. «El CNE ordenará la publicación de los resultados en la GE dentro de los 30 días siguientes a la procalamción», indicó.
Manifestó que remite copia de la sentencia al Fiscal General de la República para iniciar acciones penales contra González y otros individuos por presuntos delitos de suplantación de funciones e incitación a provocar desórdenes, entre otros.
Agradeció la colaboración de los veedores y expertos internacionales que se implicaron en el peritaje de la elección presidencial. Destacó el apoyo mostrado por ellos y su alto nivel técnico.
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Fuente Telesur