«No llame»: restricciones a promociones y publicidades mediante llamadas telefónicas y mensajes de texto

Desde este sábado, 30 de abril, comenzará las restricciones a las promociones y la publicidad tradicionalmente realizadas mediante llamadas telefónicas o mensajes de texto.

Según informó a En Perspectiva, Guzmán Acosta y Lara director Nacional de Telecomunicaciones, este sábado quedará habilitado el registro No llame.

Se trata de una base de datos que fuera creada en la última ley de Rendición de Cuentas, donde quienes deseen pueden inscribirse para “no ser contactados a través de sus servicios telefónicos para recibir publicidad, ofertas o regalos de bienes o servicios”.

En contacto con el programa periodístico, el jerarca destacó el significado del registro para el llamado mercado de las telecomunicaciones en el país

De acuerdo al medio de prensa, Acosta y Lara destacó que “el espíritu de esta medida es de tratar de penalizar, de alguna manera, el uso abusivo del medio telefónico como contacto para promociones, servicios o regalos que uno no necesita o no fueron solicitados”, defendiendo así, agregó, el “derecho del usuario o consumidor a no ser molestado”.

Al explicar cómo las empresas acceden a los datos de los potenciales clientes, el director Nacional de las Telecomunicaciones expresó que el origen de ello es la denominada “letra chica” de los contratos que se firman, por lo que su no atención termina siendo asumida como un consentimiento para que los mismos puedan ser compartidos con otras empresas o servicios.

“El consumidor”, señaló, “indirectamente termina, en la letra chica, muchas veces dando el consentimiento”.

La inscripción al registro No llame, debe realizarse directamente a través de la empresa telefónica con la que se tiene el contrato, aclaró el jerarca, “los usuarios no deben comunicarse con la URSEC, deben comunicarse directamente con su empresa telefónica con la cual tienen contrato”, corresponde a la compañía telefónica la recepción del pedido ya que “es quien tiene los datos adecuados para poder garantizar que quien está pidiendo el alta, o la baja del registro, es el titular del servicio. Es quien está legitimado para hacer el trámite”.

Finalmente, especificó que dicho “registro deberá ser actualizado en forma mensual”.

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