Pablo Chargoñia, abogado especializado en Derechos Humanos y asesor jurídico del Instituto «Luz Ibarburu» realizó un balance sobre el estado de situación de las causas de violaciones a los Derechos Humanos (DDHH) en dictadura y también evaluó, en entrevista con EL POPULAR en Radio, el proyecto de libertad domiciliaria para mayores de 65 años recientemente aprobado, con los votos de los legisladores del gobierno, en la Comisión de Legislación y Código del Parlamento.
Chargoñia expresó que este es un momento para hacer balance y en ese sentido realizó un exhaustivo repaso de diversas resoluciones y confirmaciones que ocurrieron este año.
Causas
“Hubo algunas resoluciones importantes en este año 2023, concretamente sentencias en Canelones, por torturas, en lo que se llamaban «Los Vagones»; sentencia, también de condena en San José, por el crimen de Derecho Internacional de torturas en el cuartel de San José. Menciono estos dos porque fueron los dos primeros juicios orales y públicos, enmarcados en el nuevo Código del Proceso Penal y allí la Justicia, sobre la base de testimonios de los sobrevivientes de la tortura, pudo condenar a alguno de los responsables”, afirmó.
“Siempre es un número limitado, este es uno de los dramas de la impunidad o de la justicia tardía, pero fueron pronunciamientos importantes. Más recientemente en Fray Bentos hubo imputaciones por la represión contra los pobladores de San Javier, incluido el médico Vladimir Roslik, nueve imputados, después de tantos años, por acciones represivas entre los años 1980 y 1984; también un procesamiento con prisión del médico Suzacq, cinco militares que torturaron en Boiso Lanza, a los que se suman algunas confirmaciones de procesamiento por parte de tribunales de apelaciones en lo penal. Digo que es importante porque a veces se cuestiona desde la derecha defensora de los violadores de DDHH que los jueces actúan arbitrariamente. Nada más lejos que eso, hay en la actualidad todas las garantías del debido proceso; cuando yo digo procesamientos, condenas, lo que digo está todo esto enmarcado en el debido proceso”, explicó el abogado.
“Cada uno de los represores tiene la oportunidad, la misma que no le dieron a los presos políticos en la dictadura, de ir con sus abogados y presentar los recursos. Presentan los recursos, se re examina el caso por un Tribunal de Apelaciones y hemos tenido confirmaciones de condenas, confirmaciones de procesamientos. Un ejemplo reciente, es la confirmación de procesamiento de Rogelio Garmendia, uno de los torturadores del Infierno Grande del Batallón 13 de Av. de las Instrucciones. También hubo confirmación de la condena que yo empecé señalando en Canelones, en fin, una serie importante de pronunciamientos en una situación en que, de todas maneras, también hay otras posturas de algunos otros tribunales poco proclives a la aplicación del Derecho Internacional, pero con algunos ejemplos, como son estos que mencioné, que son el producto de la presión de las organizaciones de DDHH, de las víctimas, también de la importancia de la Corte Interamericana y los dos fallos históricos que hubo contra Uruguay en el caso “Gelman” en el 2011 y más recientemente el caso “Maidanik” o “Las muchachas de abril”. En fin, un panorama en que, aún con muchas dificultades, algunos pronunciamientos favorables han habido en este año 2023”.
Avances
Uruguay siempre estuvo retrasado en lo que se denomina “justicia transicional” por lo que resulta importante evaluar si aún seguimos en ese lugar o se pude decir que hubo avances.
“Se detectó por los datos empíricos del Observatorio “Luz Ibarburu” pero también por análisis de académicos que tienen la oportunidad de ver la situación en otros países, de que en Uruguay hubo un avance porque, efectivamente, estaba demasiado rezagado frente a lo que era la situación de la justicia penal en Argentina y aún en Chile. Podría decirse que, tardíamente, Uruguay demuestra algunos números, indicadores y pronunciamientos que lo acercan a estos dos países que mencioné. Los menciono porque son países de la región y que estuvieron en el Plan Cóndor. En cambio Brasil y Paraguay no tienen el mismo panorama. Y eso tiene que ver con múltiples factores; hay que evitar explicaciones simplistas que alojen o expliquen el fenómeno a partir de una sola variable, son varias”, dijo.
“Una es la que señalaba en la respuesta anterior que es la consecuencia, la tenacidad de las organizaciones populares y de los colectivos de las propias víctimas en presentar las denuncias a pesar de todos los pesares. Otro es el trabajo de la Fiscalía especializada en crímenes de Lesa Humanidad y otra son los cambios en los propios jueces de los que estamos viendo algunos pronunciamiento que hace años no se leían: consideraciones al respecto de la aplicación del Derecho Internacional y esos cambios en la justicia uruguaya, sobre todo a nivel de jueces de la primera instancia, también se explica por la interacción de todas estas variables, la insistencia en hacer estos planteos y el hecho de que hay pronunciamientos de tribunales internacionales que obligan a los tribunales locales y nacionales a cumplir con el deber internacional de juzgar las violaciones de los DDHH”, añadió.
Prisión domiciliaria
En estos días se aprobó, en la Comisión de Legislación y Código del Senado, el proyecto de Ley para modificar el instituto de prisión domiciliaria para mayores de 65 años que ha sido muy cuestionado por las distintas organizaciones de DDHH. Chargoñia compartió su opinión al respecto.
“Hubo una iniciativa en 2021 de Cabildo Abierto (CA) francamente dirigida a beneficiar a los violadores de los DDHH, esa Ley se presenta luego de haber presentado otra en la que se pretendía volver al año 1986, año de sanción de la Ley de Caducidad de la pretensión punitiva del Estado o “Ley de impunidad”. Como eso no ha sido acompañado porque es un gran disparate, porque va contra todo el Derecho Internacional, contra sentencias de la Corte Interamericana, porque generaría una presión social, seguramente en contra de esa regresión extraordinaria para perdonar a los torturadores ¿qué hacen? intentan neutralizar los avances de la justicia, aún tímidos avances de la justicia, por la vía de excarcelar a los que están en Domingo Arena o en la Guardia Republicana que son los dos centros penitenciarios en donde están alojados alguno de los violadores de los DDHH y obtener la prisión domiciliaria”.
“La intención original, sin duda, es esa y luego tuvo algunas modificaciones en las que, ya no hay en el proyecto de Ley que se aprobó la excarcelación automática o la prisión domiciliaria automática, sino que depende de la decisión de un Juez. Ese es un cambio importante, no obstante, la intención sigue agazapada en el proyecto que aprobaron los legisladores de la coalición gobernante en la Comisión del Senado. ¿Qué quiere decir que sigue agazapada? Que se establece que personas mayores de 65 años con determinadas condiciones “psicosociales”, así dice el texto de la Ley, podrán acceder a la prisión domiciliaria. Es decir, se ambienta la posibilidad de que las defensas, los abogados de los torturadores, de los ejecutores, de los desaparecedores, presenten en forma aluvional, si esta Ley se sanciona y ya lo estoy viendo, ya lo pronostico, va a haber una cantidad de presentaciones de solicitudes de prisión domiciliaria para sacar a todos los violadores de DDHH que están en Domingo Arena y en la Guardia Republicana y obtener esa ventaja a través de un pedido que es cierto, que un juez lo va a tener que resolver pero el juez va a tener una Ley con unos argumentos que, también pronostico, puede dar lugar a las prisiones domiciliarias”, anticipó.
“Es en ese sentido el riesgo que yo ya advertía en el proyecto original de CA, que aún con estos matices, se sigue advirtiendo un riesgo porque Uruguay, tardíamente, tiene el deber de juzgar graves violaciones a los DDHH en defensa del interés de la humanidad. Estos son crímenes que ofenden a la humanidad, la tortura sistemática, la desaparición forzada por parte de gente del Estado no puede, en ningún país del planeta, quedar sin castigo y sin juicio. Y el problema de la prisión domiciliaria es que se arriesga la existencia del juicio, se fomenta el peligro de que alguien se de a la fuga y que no haya juicio y además se afecta el valor simbólico de una pena si, finalmente, después de un juicio se mantienen en su domicilio: el valor de la pena se diluye, lo que también es una afectación desde punto de vista la perspectiva de la mejor defensa de los DDHH”, agregó.
“Creo que se mantiene la preocupación en la medida que aún en forma disimulada o encubierta el motivo principal, original, del partido militar de CA sigue estando en este proyecto de Ley que acaba de ser votado por la mayoría de la comisión en el Senado”, concluyó.
Foto de portada:
Movilización contra la prisión domiciliaria a torturadores y responsables de crímenes de lesa humanidad durante la dictadura. Foto: Santiago Mazzarovich / adhocFOTOS.























