El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de Tercer Turno confirmó íntegramente la sentencia de primera instancia dictada por el juez Claudio De León en el denominado “caso Roslik”.
Según publicaron varios medios, el dictamen del Tribunal de Apelaciones, redactado por el magistrado Julio Olivera Negrín y firmado por los otros dos ministros integrantes del organismo colegiado, ratifica en todos sus términos la sentencia del juez penal de Fray Bentos, Eduardo De León, del 22 diciembre de 1985 y las condenas a 8 oficiales militares y un médico militar.
Las condenas habían sido planteadas por el Fiscal Especializado en Delitos de Lesa Humanidad, Ricardo Perciballe, el juez De León las recogió en su sentencia y las defensas de los militares represores apelaron la decisión judicial. El Tribunal de Apelaciones, según se conoció ayer jueves, ratificó en todos sus términos la sentencia del juez De León y rechazó los argumentos de las defensas de los militares.
De León sentenció a los militares Dardo Ivo Morales, Óscar Mario Roca y Abel Pérez con una pena de 15 años y 6 meses de prisión; a Héctor Caubarrere y Jorge Soloviy a una pena de 14 años y 6 meses de presión, a Daniel Castellá y Rodolfo Costas a una pena de 13 años y 6 meses y a Luis Estebenet a una pena de 11 años y 6 meses.
Estos 8 oficiales militares fueron encontrados culpables por el juez, ahora con la ratificación del Tribunal de Apelaciones, de reiterados delitos de privación de libertad, abuso de autoridad y lesiones graves.
El noveno procesado fue el médico militar Eduardo Saiz, en su caso con una pena de 13 años de prisión. Saiz fue declarado culpable de participar en las sesiones de tortura a los detenidos, también en la de Roslik, encargándose de controlar el estado físico de los presos y presas para habilitar que siguieran torturándolos.
De acuerdo a lo publicado por Radio Impacto, en la sentencia del Tribunal de Apelaciones se destaca varias veces el trabajo de investigación realizado por el juez De León.
Los tres ministros integrantes del Tribunal de Apelaciones señalan en su dictamen que “este Colegiado comparte los endilgados en la anterior instancia”, en referencia a la tipificación de los delitos realizados por el juez.
En la sentencia se responde a varios de los argumentos de las defensas de los militares represores, entre otras cosas se indica: “el Tribunal comparte el cuestionado relevamiento de las agravantes de la pluriparticipación y la alevosía”.
Afirman que “las penas impuestas (…) contemplan las pautas legales para la individualización de las mismas (…) por lo que se las confirmará en la alzada”.
El Tribunal de Apelaciones respaldó los fundamentos centrales de la sentencia de De León respecto a la ilegalidad de las detenciones y las torturas sufridas por las víctimas.
Según lo publicado, el dictamen del Tribunal señala afirma que “las personas permanecieron por mucho más de 24 horas sin ser puestas a disposición de juez competente”.
Rechazando otro argumento de las defensas de los represores que señalaron que los militares procesados “obedecían órdenes”, el dictamen del Tribunal sostiene: “una orden que de manera ostensible atente contra los intereses superiores de la sociedad, no puede reclamar válidamente obediencia”.
Vladimir Roslik, médico, militante del PCU, fue secuestrado en San Javier, llevado al Batallón 9º de Infantería de Fray Bentos y asesinado en la tortura en abril de 1984.
La familia de Roslik, luego de que en aplicación de la sentencia de la Corte Interamericana de Justicia en el caso Gelman que ordenó al Estado uruguayo anular los efectos de la Ley de Impunidad y habilitar las investigaciones judiciales de violaciones a los derechos humanos se abrieran decenas de casos, presentó una nueva denuncia. En 2021 la Suprema Corte de Justicia consideró que la Justicia Militar ya había investigado el caso y establecido responsabilidades y que no se podía juzgar dos veces por el mismo caso.
El Fiscal Perciballe presentó una denuncia por un secuestro y tortura anterior de Roslik, en 1980 y otros casos de secuestros y tortura en San Javier y Fray Bentos. De esta manera se habilitó la investigación y se llegó a estas condenas por el juez De León, que ahora ratifica el Tribunal de Apelaciones.
Varios de los militares procesados en estas dos causas estuvieron directamente implicados en la tortura y asesinato de Roslik en 1984, según estableció incluso la Justicia Militar y también según testimonios de otros presos y presas.





















