Universidad de la República. Foto: Ricardo Antúnez / adhocFOTOS

Udelar solicita al gobierno cerrar oficina en Jerusalén

Victoria Alfaro

El Consejo Directivo Central (CDC) de la Universidad de la República (Udelar) aprobó por unanimidad una resolución solicitando al gobierno encabezado por Yamandú Orsi el cierre de la oficina de innovación y emprendedurismo de la Agencia Nacional de Investigación e Innovación (ANII) en Jerusalén, Israel.

EL POPULAR habló con el integrante de la FEUU y estudiante de la Facultad de Ciencias Económicas y Administración de la Universidad de la República, Gonzalo Samudio, sobre dicha decisión histórica.

“El tema lo comenzó a tratar la Universidad el año pasado, fue un tratamiento que llevó varios meses, donde hubo bastante estudio de fondo. Hubo una primera síntesis parcial en un documento que envió  la Asociación de Docentes Universitarios (ADUR) que en la parte de la argumentación era similar a lo que se terminó aprobando pero sin embargo lo que proponía era lo siguiente: “solicitar a la Facultad de Derecho asesoramiento sobre las consecuencias que tienen los dictámenes de la Corte Internacional de Justicia para la Udelar y ver expresar la inconveniencia de que Uruguay abra una oficina de Innovación en la Universidad Hebrea de Jerusalén y en estos momentos orienta al gobierno a dejar sin efecto dicha decisión y cerrar dicha oficina”, explicó Samudio.

“Ante esta propuesta la FEUU pide que se amplíe el proyecto de resolución y se agrega expresar el rechazo más que la inconveniencia y que en caso de que el gobierno no acceda a la solicitud de la Udelar esta no participará en ningún proyecto vinculado a la misma y solicitará al Servicio de Relaciones Internacionales el detalle de los convenios aún vigentes entre la Udelar e instituciones israelíes”, explicó.

“Primero, quiero resaltar que la resolución fue aprobada por unanimidad, cosa que no es menor y tampoco es menor que la Universidad vuelva a estar del lado correcto de la historia y ser un bastión de defensa de los Derechos Humanos, siendo que la Universidad nunca le falló al país. Cuando fueron los momentos más oscuros de nuestra historia la Universidad estuvo del lado correcto enfrentando la dictadura y ahora cuando se está cometiendo un genocidio vuelve a estar del lado correcto de la historia”, opinó el estudiante.

“Hay varias cosas que hacen a la argumentación de la votación como la primera, donde claramente está el componente de las instituciones internacionales, en particular la CIJ, la ONU y sus dictamenes y resoluciones que se incluyen en la declaración. Otra cosa también es “la destrucción sistemática del sistema educativo y especialmente universitario en Gaza por parte del gobierno israelí incluyendo el asesinato de profesores y autoridades, incluyendo funcionarios y por otra parte la no condena de las universidades israelíes en particular la Universidad Hebrea de Jerusalén a dichas acciones”, recordó.

“La mención específica a esta Universidad es por su ubicación, o sea donde se iba a abrir la oficina de investigación. Es muy importante la resolución de nuestra Universidad porque es parte del Estado uruguayo y por su peso en el país sus acciones comprometen al país y no solo a la institución”, recordó Samudio.

“No es menor que la institución que genera el 80% de la investigación de este país diga: No voy a presentarme a esa oficina” apuntó y agregó que “otro argumento (que no es el mayor, pero es importante) es el peligro de enviar docentes a investigar a una ciudad donde caen bombas, donde se masacra gente todos los días y a pocos minutos de donde se está cometiendo un genocidio”, agregó. 

Resolución completa:

Visto que:
a) El 26 de enero de 2024 la Corte Internacional de Justicia (CIJ) dictaminó que los habitantes de la Franja de Gaza son una parte significativa del grupo protegido de palestinos, cuya destrucción intencionada «tendría un impacto sobre el grupo en su conjunto». Por lo tanto, «el derecho de los palestinos de Gaza a ser protegidos de actos de genocidio y actos prohibidos conexos» en virtud de la Convención sobre el Genocidio era plausible. Debido a la urgencia y para evitar un perjuicio irreparable, el Tribunal ordenó medidas provisionales: Israel debía adoptar todas las medidas posibles para prevenir el genocidio y permitir la prestación de servicios básicos y ayuda humanitaria. Estas órdenes judiciales indican que existe un riesgo exacerbado de genocidio contra la población palestina de Gaza. Sin embargo, dichas medidas preventivas no han sido cumplidas por Israel, lo que ha redundado en situaciones de hambre generalizada principalmente en el norte de la Franja de Gaza, entre otras situaciones.
b) El 19 de Julio de 2024, la CIJ determinó que la legislación y las medidas de Israel imponen y sirven para mantener una separación casi total en Cisjordania y Jerusalén Este entre las comunidades de colonos y palestinos, lo que equivale a una violación de la prohibición de segregación racial y el Apartheid. La CIJ también determinó que Israel estaba violando la integridad del Territorio Palestino Ocupado, como elemento esencial del derecho del pueblo palestino a la autodeterminación. Además, determinó que las políticas y prácticas israelíes en los Territorios Palestinos Ocupados son contrarias a las normas imperativas del derecho internacional humanitario.
c) En el dictamen (1) del 19 de Julio, la CIJ señaló, bajo el título “Consecuencias legales para otros estados”:
“275. En cuanto al derecho a la autodeterminación, el Tribunal considera que, si bien corresponde a la Asamblea General y al Consejo de Seguridad pronunciarse sobre las modalidades necesarias para garantizar el fin de la presencia ilegal de Israel en los Territorios Palestinos Ocupados y la plena realización del (…) derecho del pueblo palestino a la autodeterminación, todos los Estados deben cooperar con las Naciones Unidas para poner en práctica dichas modalidades. Como se recuerda en la Declaración sobre los Principios de Derecho Internacional referentes a las Relaciones de Amistad y a la Cooperación entre los Estados de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas”.
“276. En cuanto a la prohibición de la adquisición de territorio por la fuerza, el Tribunal observa que el Consejo de Seguridad ha declarado en varias ocasiones, en relación con el Territorio Palestino Ocupado, la inadmisibilidad de la adquisición de territorio por la fuerza y ha determinado que «todas las medidas adoptadas por Israel para modificar el carácter físico, la composición demográfica (…), estructura institucional o estatuto de los territorios palestinos y otros territorios árabes ocupados desde 1967, incluida Jerusalén, o cualquier parte de ellos carecen de validez jurídica» (Resolución 465 (1980) del Consejo de Seguridad)”.

Considerando:
a) Que el gobierno uruguayo inauguró una Oficina de Innovación en la Universidad Hebrea de Jerusalén a fines de diciembre de 2024.
b) Que se trataría de la primera oficina de ese tipo que Uruguay abre en el mundo.
c) El reiterado pronunciamiento de la ONU en el sentido de no innovar en el status especial de la ciudad de Jerusalén (Por ejemplo, la resolución 478 del Consejo de Seguridad).
d) La destrucción sistemática del sistema educativo y especialmente universitario en Gaza, por parte del gobierno israelí, incluyendo el asesinato de profesores y autoridades, estudiantes y funcionarios (2).
e) La no condena por parte de las universidades israelíes, y en particular de la Universidad Hebrea de Jerusalén, a dichas acciones (3).
f) Que el Estado uruguayo está obligado por las resoluciones de la Corte Internacional de Justicia antes citadas, que la Udelar es parte del Estado Uruguayo y, por su peso dentro de la educación superior y la investigación en el país, sus acciones comprometen al país y no solo a la institución.

El CONSEJO DIRECTIVO CENTRAL, RESUELVE:
a) Solicitar a la Facultad de Derecho asesoramiento en cuanto a las consecuencias que tienen los dictámenes de la CIJ para la Universidad de la República. En particular se consulta si es correcto considerar que a raíz de los dictámenes de la Corte Internacional de Justicia la Udelar debería revisar su cooperación con instituciones israelíes a fin de cumplir con el dictamen antedicho y si así fuera cual debería ser el alcance de dicha revisión.
b) Expresar el rechazo a la apertura de la Oficina de Innovación en la Universidad Hebrea de Jerusalén o en general en el Estado de Israel, en las actuales circunstancias.
c) Solicitar al gobierno el cierre de dicha oficina.
d) En caso de que el gobierno no acceda a la solicitud de la Udelar, no participar en ningún proyecto vinculado a la misma.
e) Solicitar al Servicio de Relaciones Internacionales el detalle de los convenios de cooperación vigentes entre la Udelar e instituciones israelíes.


Citas bibliográficas
(1) https://www.icj-cij.org/sites/default/files/case-related/186/186-20240719-adv-01-00-en.pdf
(2) «Anatomía de un genocidio”, informe de la Relatora Especial sobre la situación de los derechos humanos en los territorios palestinos ocupados desde 1967, Francesca Albanese ante el 55 periodo de sesiones de la Asamblea General de la ONU. 1 de Julio de 2024. A/HRC/55/73. Párrafos 32, 35 y 62.
(3) Carta de la Asociación de Rectores de las Universidades Israelíes al CRUE y Respuesta a la carta de la Asociación de Rectores de las Universidades Israelíes. Dossier académico y genocidio en Gaza. Universidad Complutense, Madrid, España.

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