Bruno Giometti (*)
Se conoce como “gasto tributario” al monto de recursos que el Estado resigna de recaudar por motivo de exoneraciones fiscales, regímenes especiales de aplicación de impuestos o alícuotas reducidas en comparación con la tasa general. La relación entre el gasto tributario y el Producto Bruto Interno (PBI) de la economía es una medida del esfuerzo o sacrificio que hace el conjunto de la sociedad para promover actividades por la vía de exoneraciones fiscales o favorecer a determinados sectores de la población por la aplicación de criterios impositivos más benévolos.
Una primera constatación que podemos hacer es que, en nuestro país, el gasto tributario tiene un peso elevado en términos comparativos. Citando un artículo del Cr. Gustavo Viñales (1) en el año 2022 el gasto tributario en Uruguay representó un 6,4% del PBI mientras que en el promedio de América Latina ese guarismo se ubicó en 3,7% del PBI. Incorporando los datos publicados en la Rendición de Cuentas presentada recientemente por el Poder Ejecutivo, correspondientes a 2023, el porcentaje de gasto tributario en nuestro país subió todavía más ubicándose en 6,8% del PBI. Esto equivale a nada más y nada menos que 5.300 millones de dólares anuales.
Una parte significativa, cercana a la mitad, de ese gasto tributario se explica por el Impuesto al Valor Agregado. Si bien amerita un análisis más detallado, podríamos decir en una primera aproximación que este gasto tributario resulta progresivo, puesto que reduce la carga del impuesto regresivo por excelencia. A modo de ejemplo, los productos que tributan IVA mínimo o están exentos, así como el descuento de IVA en las compras con medios de pago electrónicos.
Nos vamos a centrar en la magnitud y la evolución del gasto tributario en los impuestos que gravan los ingresos de capital y a la propiedad, por ende, beneficia a los sectores de mayor capacidad económica, ya sea de origen nacional o extranjero.
En el caso del IRAE (Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas) lo que el Estado resignó de recaudar pasó del 1,0% del PBI en 2019 a 1,7% del PBI en 2023, ascendiendo a 1.290 millones de dólares anuales aproximadamente (2). En este caso los principales rubros asociados son las exoneraciones fiscales por la aplicación de la ley de inversiones y lo que no se cobra de IRAE a las empresas ubicadas en zonas francas. También tienen un peso relevante en el monto total las exoneraciones por promoción de actividades específicas como ser el software, la forestación y la llamada vivienda de interés social.
En el caso del Impuesto al Patrimonio, el peso era de 1,0% del PBI en 2019 y pasó a ser de 1,5% en el año 2023. En este caso llama fuertemente la atención que el Impuesto al Patrimonio es el único tributo que exonera más (bastante más) que lo que recauda. En el año 2023 recaudó por unos 790 millones de dólares y exoneró 1.140 millones de dólares.
Las exoneraciones tributarias como mecanismo para promover y estimular la inversión privada no son algo malo en sí mismo. Lo que sí es relevante es procesar una discusión informada sobre los criterios por los cuales se otorgan dichas exoneraciones y los recursos que a estas políticas se destinan.
En primer término, cabe preguntarse si todas las inversiones que se han desplegado en los últimos tiempos, realmente “necesitan” las exoneraciones para obtener una rentabilidad razonable o no.
Seguramente en algunos casos los estímulos fiscales hayan sido clave, pero en otros las inversiones se hubieran realizado igual porque responden a otros atributos que puede tener nuestro país (como por ejemplo la estabilidad política, el nivel educativo medio de la población o la ubicación geográfica del país) y las exoneraciones terminaron consolidando márgenes de beneficio extraordinarios para dichas empresas. Es una discusión pertinente en tiempos donde se afirma que no es posible alcanzar una mayor inversión en educación pública o se pone en cuestión la posibilidad de incrementar las jubilaciones y pensiones mínimas.
En segundo término, es sumamente relevante profundizar en la discusión sobre las contrapartidas. Importantes empresas se han acogido a los beneficios de la ley de inversiones y luego despedidos cientos de trabajadores. ¿Hasta qué punto las exoneraciones fiscales tienen una contrapartida en términos de desarrollo nacional, generación de cadenas de proveedores nacionales, empleo de calidad, capacitación de los trabajadores? Debemos desplegar una Estrategia Nacional de Desarrollo, orientada a la transformación productiva, centrada en la reducción de la dependencia y la generación de trabajo de calidad, para lo cual es imprescindible (entre otras cuestiones) direccionar mucho mejor la promoción de inversiones.
Referencias:
(1) https://ladiaria.com.uy/economia/articulo/2024/4/uruguay-sobre-el-gasto-tributario/
(2) Las cifras de gasto tributario de 2023 fueron procesadas por los compañeros economistas asesores de la bancada parlamentaria 1001, a quienes agradecemos.
(*) Economista
Foto
Exposición Internacional de Ganadería y Muestra Agro Industrial, en la Rural del Prado Foto: Nicolás Celaya /adhocFotos.






















