Instituto Nacional de Colonización. Foto: Pablo Vignali / adhocFOTOS.

La LUC y el acceso a la tierra

Ofensiva contra el Instituto de Colonización, fomentando la mercantilización y la concentración de la tierra: «la LUC le quita tierras al organismo y desvirtúa el concepto de colono”

Los dos artículos de la Ley de Urgente Consideración (LUC) referidos al Instituto Nacional de Colonización (INC) que están a referéndum el 27 de marzo, artículos 357 y 358, son consistentes con un modelo de desarrollo rural concentrador y excluyente. Alejan al INC de su concepción de la tierra como un bien social y de sus cometidos originales, con claras raíces artiguistas. La LUC le quita tierras al organismo y desvirtúa el concepto de colono.

El INC es la herramienta clave para el acceso a la tierra por parte de los sectores más vulnerables del medio rural, productores familiares y asalariados rurales. Los productores familiares han venido decreciendo en los últimos 50 años y el 75% de la población rural emigró a las ciudades. Ha aumentado la concentración de la tierra, al igual que la propiedad de sociedades anónimas y capitales extranjeros.

El precio promedio de la tierra pasó de menos de 500 dólares la hectárea en el año 2000, a 3.500 dólares en los últimos 5 años. También creció el precio promedio de los arrendamientos desde 28 dólares la hectárea a 133 dólares. El acceso a la tierra es cada vez más difícil para la población que desea trabajar y vivir en el campo, mientras se observa un notable aumento de la renta agraria captada por los dueños de la tierra.

Menos tierras para colonización

El INC tiene afectada a gestión 618.193 hectáreas, representando sólo el 4% de la superficie productiva del país. Estas tierras se encuentran bajo diferentes formas de tenencia, ya sea en régimen de propiedad del INC (62,4%), o en propiedad de los colonos. Las 13 Oficinas Regionales del organismo gestionan las tierras e impulsan acciones de desarrollo rural tanto en las colonias como en sus áreas de influencia, coordinando acciones con las instituciones públicas y organizaciones sociales.

El artículo 357 de la LUC desafecta de la cartera de tierras del INC más de 55.000 hectáreas, que eran propiedad del Banco Hipotecario del Uruguay (BHU) destinadas a colonización, y que pasaron al INC cuando fue creado en 1948. Según datos que actualmente se están procesando, la mayor parte de dichas fracciones cuentan con suelos de alta y muy alta fertilidad, y sus valores están bastante por encima del promedio nacional.  Esas tierras son parte de colonias establecidas desde hace muchos años y son propiedad de los colonos. Sin embargo, el régimen de propiedad en las tierras del INC por parte de los colonos implica que se mantiene una regulación por parte del organismo, y los predios no son de libre disponibilidad jurídica para los colonos (Artículo 70). Debe existir autorización previa del Instituto para la enajenación, división, gravamen o cesión del uso y disfrute del predio.

El Informe de la Comisión Especial de Reforma Agraria del Senado que discutió la ley 11.029 decía con relación al artículo 70: “Esta disposición está destinada a asegurar el cumplimiento permanente de los objetivos que la colonización se propone y a prevenir defectos que la experiencia ha puesto de manifiesto. A este respecto, cabe mencionar, entre otros defectos, la especulación, el cambio de destino, la concentración o el fraccionamiento excesivo, la intromisión de elementos extraños al núcleo, la modificación de las situaciones contractuales, el aprovechamiento indebido por terceros de los favores que a la colonización oficial se acuerdan, etc. Es posible que la libre disposición del bien pueda constituir un aliciente; pero fuera de que ya recibe estímulos mayores, lo que de modo permanente interesa al colono y a la sociedad es que la tierra sea, no un objeto de tráfico sino el asiento de una actividad capaz de sustentar una célula familiar.”

La intención del artículo 357 es escapar a esa regulación. No es razonable, ni justo, que, a partir del acceso a tierras públicas destinadas a la población rural con menores posibilidades de compra, que se obtuvieron a precios subsidiados y con importantes mejoras de infraestructura financiadas por el Estado tanto en los predios como en el entorno, se pretenda lucrar y realizar negocios volcando esas tierras al mercado. La propuesta de desafectar todas las tierras que hoy son propiedad de colonos también está sobre la mesa, e implicaría una herida de muerte al INC. La propiedad social de la tierra, en manos del Estado, es la que da sustento a esta política pública de largo plazo.

Con este artículo pierden los asalariados y asalariadas rurales, los productores familiares y sus hijas e hijos que tienen que emigrar del campo a la ciudad, y todos aquellos que quieran trabajar la tierra y vivir en el medio rural. Pero también pierden los habitantes de las ciudades y la sociedad toda, al reducir las posibilidades de generar modalidades de producción sustentables ambientalmente y creadoras de soberanía alimentaria, en base a políticas públicas que promuevan la generación de alimentos locales y sanos. Ganan el agronegocio, las sociedades anónimas y las transnacionales, que avanzan sobre tierras con muy buenas condiciones de fertilidad y alto valor, mientras el territorio se vacía de gente y se retiran servicios, afectando a toda la población de las zonas rurales.

Se desvirtúa el concepto de colono

En julio de 2021 se registraban en el INC un total de 3.425 Unidades de Producción Familiares que ocupan 390.743 hectáreas, y 277 Unidades de Producción Asociativas que ocupan 110.423 hectáreas. El 56% de la superficie ocupada por las unidades de producción corresponde a tierras en arrendamiento. En ellas, las principales actividades productivas desarrolladas son la ganadería (46,7%), la lechería (24,6%) y la agrícola-ganadera (21,9%).

Más de 5.700 familias están incluidas en el INC. Anualmente se inscriben más de 1.200 familias como aspirantes a tierras, y en más del 60% de los casos podrían ser beneficiarios, ya que tienen el perfil requerido de productores familiares y asalariados dispuestos a trabajar directamente y vivir en el medio rural. Sin embargo, a pesar de la importante incorporación de tierras al Instituto que se produjo durante los gobiernos frenteamplistas, se estima que se llega a satisfacer menos del 30% de la demanda. En particular en el 2020 se postularon 1.573 familias a llamados, pero sólo 182 (el 12%) accedieron a tierras.

Si a esto se suma la desafectación de tierras del artículo 357 y los recortes presupuestales al organismo, no pueden quedar dudas de que la intención es desmantelar el INC. Los recortes en las asignaciones presupuestales al Instituto implican que se dispondrá de menos recursos para ejercer la opción de compra cuando haya venta de inmuebles rurales como indica la ley. Luego de la Rendición de Cuentas 2020 el INC tiene, como máximo, la mitad de los recursos que tenía en el pasado período de gobierno para la compra de tierras. Los predios que se han estado entregando en los dos últimos años se compraron en gobiernos del Frente Amplio, y, como dijeron las propias autoridades del INC, se acabarían este año.

El artículo 358 de la LUC, adicionalmente, atenta contra la esencia misma del INC. Elimina la obligación de trabajar directamente las fracciones y establece una gama muy amplia de excepciones a la residencia de las familias colonas en el predio. El colono y su núcleo familiar deben habitar, fijar residencia y radicarse en el predio adjudicado, consistente con los fines sociales del Instituto,  y con claras raíces en el ideario artiguista y en el reglamento de tierras de 1815.  El trabajo debe realizarse directamente, y no a través de terceros, y en casos de fuerza mayor el INC ya tenía la potestad de autorizar la no residencia en la fracción.

¿Quiénes se benefician de esta política? Los ganadores son quienes prefieren no trabajar directamente la tierra, empresarios rurales que dirigen sus negocios a distancia, lo cual está muy alejado de los objetivos de una política de colonización. Y las perjudicadas son nuevamente las familias del medio rural de menores recursos que desean trabajar y vivir en el campo. Es un nuevo avance de los empresarios agrícolas sobre la producción familiar, en un contexto de creciente concentración, anonimato y extranjerización de la propiedad y uso de la tierra.

Ida Oreggioni, Economista, integrante del equipo de “Valor!!”.

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