Comisión Directiva de ADES rechaza declaraciones de directora General de Educación Secundaria

Luego de las declaraciones de la Directora General de Educación Secundaria, Jenifer Cherro, donde declara ilegales las ocupaciones estudiantiles, la Comisión Directiva de ADES Montevideo emitió un comunicado donde declara que la mencionada jerarca “se ha contradicho en un sinnúmero de oportunidades”.

En ese sentido recuerdan que, “el año pasado (con LUC vigente) como este, habilitó a las inspecciones y direcciones a labrar actas de ocupación con los gremios estudiantiles, y solicitó al Ministerio del Interior que los liceos fueran desalojados, invocando para ello la legislación vigente y la actuación acorde a protocolo”.

Para el gremio, “resulta ridículo aclarar que si hace una semana y media se establecía la existencia de legislación y protocolos, y se habilitaba a las direcciones a labrar actas, es un absurdo que hoy se establezca la ocupación como ilegítima”.

Con respecto a “la imposibilidad de declararse en huelga por no ser trabajadores/as”, el gremio afirma que se está ante “un absurdo desde el punto de vista legal y práctico”.

“La historia de nuestro país ha demostrado en la práctica que el paro es un mecanismo utilizado también por los y las estudiantes para el reclamo de sus reivindicaciones”, subraya el texto del comunicado.

Para la Comisión Directiva de ADES Montevideo, “la Constitución de la República garantiza la libre asociación como derecho fundamental; estableciendo además la huelga como un derecho gremial (enmarcado en el artículo que habla de la promoción de sindicatos gremiales)”, por lo que “las normas del derecho establecen que ante vacíos se aplican normas similares”, considerándose que “este es uno de esos casos”.

El comunicado detalla que “en su artículo 72 la Constitución aclara que: “La enumeración de derechos, deberes y garantías hecha por la Constitución, no excluye los otros que son inherentes a la personalidad humana o se derivan de la forma republicana de gobierno”. En ese sentido, debe destacarse la expresión y la protesta como derechos fundamentales, consagrados por las distintas convenciones internacionales de los Derechos Humanos”.

El gremio recuerda que, “más allá de que hasta el momento la administración ha fundamentado sus acciones en normativa inexistente o ya derogada, el decreto reglamentario de la LUC en su artículo 3 establece que: “Idéntico procedimiento se aplicará para aquellos casos en que los ocupantes no fueren funcionarios o empleados de la dependencia, empresa, institución o establecimiento ocupado.”

“Es decir”, se añade, “que se extiende el procedimiento de los artículos 1 y 2 (que son los que establecen mecanismos de ocupación y desocupación) a otros actores que no son funcionarios o empleados. Por este artículo, está ley podría aplicarse esto tanto a la ocupación como al desalojo de estudiantes”.

Con relación a la invocación del Estatuto del Funcionario Docente y el Estatuto del Estudiante, como argumento para impedir la ocupación, la Comisión Directiva resalta que se ignora “que ambos (y en particular el segundo) se encuentran jerárquicamente por debajo de la Constitución y las leyes”.

Sin desmedro de ello, aclaran, “vale destacar que el Estatuto del Estudiante establece y garantiza la organización gremial y participación estudiantil”, por lo que, “tanto este estatuto como la Ley General de Educación y el Código de la Niñez y la Adolescencia establecen el derecho de los menores de edad a ser escuchados, cosa que fue sistemáticamente negada por estas autoridades, que hasta impidieron a direcciones reunirse con gremios estudiantiles”.

Con relación “a la posible intervención del CAP en situaciones que involucren a estudiantes que sean parte del gremio”, ello es calificado directamente como “una política antigremial, que atenta contra los derechos fundamentales”.

El documento denuncia, además que se “distorsiona la razón de ser del Consejo Asesor Pedagógico, que es asesor de la dirección del centro educativo para valorar el comportamiento de los y las estudiantes, así como para el seguimiento de los mismos con un objetivo pedagógico y formativo”.

“No se puede pretender que los y las docentes integrantes de ese espacio evalúen el comportamiento gremial y el derecho a la protesta de los y las estudiantes, no siendo estos elementos ni pedagógicos ni formativos”, enfatiza el texto.

Las modificaciones que se introdujeron con la LUC, se añade, al haber establecido “una dirección unipersonal en los subsistemas de la ANEP” y al “eliminar la representación de los y las trabajadoras, permite por la vía de los hechos que la Directora General concentre excesivamente el poder sin contralor por parte de otros”, provocando con ello, tal y como han venido denunciando que” se actúe con excesiva verticalidad y autoritarismo”.

Finalmente, el texto ratifica que seguirán “defendiendo la educación pública y respaldando al movimiento estudiantil y a los distintos gremios”.

“Exigimos a las autoridades que convoquen a los espacios de negociación con estudiantes y trabajadores, principales afectados por los recortes presupuestales y las propuestas (imposiciones) de transformación curricular”, concluye expresando el comunicado del Consejo Directivo de ADES Montevideo.

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